jueves, 15 de mayo de 2014

Proyecto anti-piropos.



Quieren impulsar en Argentina la primera ley contra los piropos en la calle a las mujeres.  Es definido oficialmente como “acoso callejero” y, tras encuestas y estudios, se comprobó que casi el 100% de las mujeres recibieron alguna vez en su vida acoso callejero.

Bueno, tras datos oficiales, lo leí y llegué a sonreír. Quieren multar a los hombres que le gritan frases groseras a las mujeres, pero ¿Cuál es el límite entre una frase “linda” y una grosería? ¿Quién puede juzgar este límite? Y cuando me pasa, ¿Qué hago? ¿Me acerco a una comisaría y anuncio que un hombre me gritó “Te dejo paralítica” en Santa Fé al 600?

Por otro lado, está la discriminación. Los piropos y las mujeres tienen una relación casi tan histérica como nosotras mismas. Si nos lo grita un pibe que está bueno en un boliche, no decimos nada, pero si proviene de la boca de un obrero en el medio de la calle, nos hacemos las ofendidas. ¿Cuál de los dos se define como acoso? ¿Si es lindo, no? Bah. Encima es puro acting la ofensa. Sí, porque dale, a cuántas nos habrá pasado que tenemos un mal día y pasa un hombre por al lado y nos dice “Bombón te hago todo” y nos subió aunque sea un poco el autoestima, y sonreímos por dentro.

El proyecto de ley ya se presentó a partir de que se aplicó en Bélgica, primer país del mundo que sanciona el acoso callejero. No, no me parece que prohíban los piropos, daaaaale, no me saquen una de las cosas que más hacen reír y me deja pensando cuando son creativos (mi opinión en http://miformadeinventarte.blogspot.com.ar/2013/11/las-mujeres-y-su-estrecha-relacion-con.html) pero por otro lado el proyecto de ley impulsa un punto interesante: un artículo hace referencia a la publicidad lesiva, es decir, aquella que utiliza como objeto de consumo a la mujer y, citando “Quien produzca, emplee para fines comerciales, anuncie o publique por cualquier medio, comunicación comercial o publicidad ilícitas en los términos de esta ley, y con ello vulnere la imagen de la mujer en su dignidad humana o la presente como objeto de consumo, utilizando particular y directamente el cuerpo de la mujer o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, empleando su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren la igualdad de derechos entre mujeres y varones, o coadyuvando a generar violencia de género, será sancionado con noventa a ciento ochenta días-multa, y con las penas adicionales de publicación de sentencia y publicación rectificatoria”.

El lugar de la mujer en la publicidad me enerva todos los días y, además, no me identifica y hasta me lleva a no comprar productos que nos ubican como boludas sometidas de las tareas diarias. Ojalá este artículo del proyecto lleve a las agencias de publicidad a pensar que la idea de familia convencional ya no existe, ojalá vea publicidades de detergentes con estudiantes viviendo solos lavando los platos pegados de hace dos días, ojalá vea cómo Mr. Músculo salva a una pareja gay, ojalá que podamos crecer y entender. Y, sobretodo, ojalá no le prohíban al obrero de la construcción de debajo de mi casa de decirme todos los días lo linda que estoy, aunque mi cara delate cansancio y mi ropa, domingo de fiaca. Gracias obrero. Ojalá.